Que cubre un seguro de RC directivos y administradores D&O

El seguro de responsabilidad civil para los directivos y administradores.

En que tipo de reclamaciones nos puede salvar este seguro a los empresarios, directivos, y gerentes de las empresas.

Para quien es este seguro:

Seguros para directores y gerentes

Seguros para administradores y altos cargos

Si te estás preguntando que es lo que cubre el seguro de rc directivos y administradores. Aquí indicamos varios casos reales de como funciona este seguro y lo que puede llegar a cubrir y lo que no:

  • Responsabilidad concursal
 
Una compañía o empresa de gran magnitud con un número considerable de empleados se presenta en Concurso de Acreedores voluntario por motivos X.
Uno de los usuarios a los que presta sus servicios, un cliente, se siente vulnerable y siendo prudente avisa a la compañía. La empresa se ve envuelta en litigios ante una acusación de concurso ilícito por mala acción del administrador por deudas.
Al ser condenada la empresa por la resolución de la Administración Concursal aduciendo señales de mala gestión por parte del Administrador deben aceptar la pena del juez.
  • Siniestro cubierto o no de acción social
Supuesto de en una empresa de construcción o de reformas: el encargado del material decide comprar un número elevado de cualquier producto básico para la labor que realizan; pero el precio final del total es demasiado elevado en comparación con la media de mercado, pongamos una diferencia de medio millón de euros en pérdidas equiparando los precios.
Los accionistas, ante la mala actuación del encargado por la compra excesiva a su proveedor, deciden llevar a cabo la acción social de responsabilidad amparándose en el artículo 238 de la Ley de Contrato Seguro. La indemnización sería recibida atendiendo a la defensa y posterior decisión del juez.
 
  • Inhabilitación Profesional
 
En casos expuestos anteriormente, el juez condena al administrador a cierto tiempo de inhabilitación que depende de la gravedad de la pena. Pongamos un tiempo de 16 meses, la empresa entonces debe indemnizar al cesado pagando sus cuotas mensuales, es decir, se hace cargo del proceso económicamente.
La compañía sufre las consecuencias de las malas prácticas abonando el sueldo durante un máximo de 1 año, 12 cuotas, puesto que la inhabilitación corresponde al administrador.
 
 
  • Siniestralidad en Prácticas de empleo y contingencias
 
Nunca hay que excluir posibles contingencias en torno a los empleados en prácticas, ya sea por un accidente o por una demanda de carácter personal la siniestralidad en este contexto es una realidad. Malos entendidos o actuaciones desafortunadas pueden impulsar una demanda desde la parte trabajadora contra directivos, compañeros y la empresa en su totalidad.
Si el juez falla a favor de la empresa tan solo pagarán gastos de abogado (cifra considerablemente menor en proporción), en caso contrario, el denunciante se hará con la cantidad demandada por indemnización. Estas pueden rondar cifras de hasta casi 50000 euros por ser daños y perjuicios una demanda preferiblemente a evitar en juicio.
 
 
  • Siniestro en Fiscalidad
 
Un cargo directivo del área financiera de una empresa comete un error que podríamos llamar “administrativo”, señala una casilla errónea, un fallo humano, que deriva en una transacción cuantiosa para la empresa, que no estaba prevista.
Aceptar por error el pago una deuda supone una alteración en la empresa que puede no permitir el continuo funcionamiento en el futuro cercano. Se remite el siniestro pero si el administrador no firma en términos de cargo directivo la firma es irrevocable y la ley no permite cubrir estas equivocaciones. Hacienda procede al cobro de la deuda y la compañía no puede alegar fallo administrativo ante la responsabilidad tributaria.
 
 
  • Responsabilidad Tributaria
 
Las sociedades, en ocasiones crean filiales que durante un tiempo funcionan, pero que por falta de tiempo o de recursos dejan en inactividad. Puede resultar un error grave el no dejar constancia ante la agencia tributaria la paralización de la actividad de la filial.
Si no queremos una sorpresa de Hacienda reclamando impuestos de Sociedades e IVA por la reciente filial debemos asegurarnos de que el administrador la dé de baja.
Estas reclamaciones, incluyendo el apremio por demora, pueden dar o no resultada a la Agencia, de todas formas, el administrador cometió un error que se traduce, en ese calibre, de negligencia laboral; pudiendo ocasionar costes altos a la empresa.
 
 
  • Siniestros en ventas y defensa
 
Cuando una compañía compra una sociedad está en pleno derecho de recibir lo que se le ofrece y demandar en caso de ver alguna acción fraudulenta o engaño. Si se siente engañada porque la sociedad no está en la situación de bonanza que aseguraba el vendedor y acumula pérdidas a las que no hizo referencia.
La demanda se lleva a los tribunales y la compañía tiene que hacerse cargo de los gastos para la defensa, con el juicio se devolverá el dinero de la venta a la empresa que sufrió los daños por una compra engañoso. Se trata de un delito por el que se acusa al Consejero de malas artes para venta, es decir, estafa.
 
 
  • Siniestro por daños
 
En una hipotética situación, el propietario de unas instalaciones en la periferia tiene una nave alquilada a una sociedad con un número X de trabajadores. A la empresa inquilina le aparecen unos daños que achacan a actos vandálicos produciéndose costes por material defectuoso. Resulta que el propietario achaca los daños al inquilino, puesto que había decidido rescindir su contrato.
Si la compañía que posee las instalaciones no posee un seguro por daños vandálicos tendrá que hacerse cargo de los arreglos y no puede obligar a la sociedad que empleaba la nave a retribuir el dinero de muros y maquinaria que pueda haber sido dañada.
 

¿Cuánto vale un seguro de RC directivos?

Precio seguro administradores:
 
  1. Según volumen de facturación de la empresa
  2. Capital asegurado que desea contratar la sociedad
  3. Actividad empresarial del riego a asegurar.
  4. Otros aspectos como la situación de la empresa y su cierre contable de años anteriores.

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